Reglamentos 1924

El reglamento de 1924 rebajó el tope a 25 y en cambio eliminó el de 30 para los correspondientes. Sin embargo, en marzo de 1926 los nuevos académicos Lufríu y Santovenia propusieron reducir a 15 los académicos de número, bajo el criterio de que eran escasos los cultivadores de la historia de Cuba y que entre estos “no todos poseen las condiciones intelectuales, cívicas y morales para que su ingreso signifique utilidad y prestigio para la corporación”.

Reglamento de la Academia de la Historia de Cuba

14 de febrero de 1924

I Objeto de la Academia

Artículo 1º.--- La Academia de la Historia tiene por objeto cultivar y promover el estudio de la historia de Cuba.

Artículo 2°.--- Para cumplir sus fines la Academia se ocupará:

Primero: En investigar, adquirir, clasificar, coleccionar y conservar todos aquellos documentos, manuscritos o impresos, ya sean originales o ya copias, que puedan contribuir al enriquecimiento de la historia patria.

Segundo: En adquirir y conservar cuantos libros, folletos, periódicos, cartas geográficas, estampas, etc., puedan ser útiles para el estudio de la historia nacional.

Tercero: En recoger y conservar todos los objetos que puedan constituir recuerdos históricos de algún valor.

Cuarto: En ilustrar la historia de Cuba por medio de obras, memorias y disertaciones.

Quinto: En mantener relaciones con las Corporaciones científicas similares del extranjero.

Sexto: En estimular el estudio de la historia patria por medio de concursos a premios que otorgará conforme al reglamento que redacte y previamente publique.


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